DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL SISTEMA INFORMÁTICO DE FACTURACIÓN

Artículo 13 del Real Decreto 1007/2023 y artículo 15 de la Orden HAC/1177/2024.

a) Nombre del sistema informático
Cuadernio
b) Código identificador del sistema informático
CU
c) Versión del sistema informático
1.0
d) Componentes hardware y software y funcionalidades
Aplicación web multiempresa (PHP 8 y base de datos MariaDB) instalada en un servidor Linux y utilizada desde el navegador; genera los PDF con dompdf y el código QR con un codificador propio. Funcionalidades: expedición de facturas completas (F1) y simplificadas (F2), rectificativas por diferencias (R1, R4 y R5, en serie propia), anulación de facturas, generación de registros de facturación de alta y de anulación encadenados con huella SHA-256 (una cadena por obligado tributario), código QR tributario y leyenda «VERI*FACTU» en la factura, remisión de los registros a la AEAT, registro de facturas recibidas, libros e informes, y alta de facturas mediante API autenticada.
e) Uso exclusivo como «VERI*FACTU»
Sí. El sistema solo funciona en la modalidad de remisión voluntaria de los registros a la AEAT (sistema de emisión de facturas verificables).
f) Uso por varios obligados tributarios
Sí. Lo usan varios obligados tributarios, cada uno con su propia instalación (número de instalación CUAD-<número de la empresa>), su propia cadena de registros y sus datos separados de los de los demás; una instalación nunca da soporte a más de un obligado tributario.
g) Tipos de firma utilizados
No aplica: al funcionar exclusivamente como VERI*FACTU, los registros de facturación no se firman electrónicamente.
h) Razón social del productor
Festinalente42 S.L.
i) NIF del productor
B72922792
j) Dirección postal completa de contacto del productor
Santiago 36, 41300, La Rinconada, Sevilla
k) Declaración de cumplimiento
El productor declara que el sistema informático de facturación indicado, en la versión señalada, cumple con lo dispuesto en el artículo 29.2.j) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria; en el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, y la estandarización de formatos de los registros de facturación, aprobado por el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre; en la Orden HAC/1177/2024, de 17 de octubre; y en las especificaciones técnicas y demás normas publicadas en la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria que lo desarrollan.
l) Fecha y lugar de suscripción
04-10-2026, La Rinconada

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